Hogares en tránsito: un largo camino a casa
En la Argentina hay 167 Pequeños Hogares, que albergan a 657 niños, y 95 Amas Externas que tienen 464 menores a su cuidado. Esos 1121 chicos dependen del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Cnnaf).
Pequeños Hogares y Amas Externas son programas creados por el Cnnaf para reducir la institucionalización de los chicos abandonados o imposibilitados de reinsertarse en sus familias biológicas. Son niños que, una vez concluido el trabajo de evaluación de los juzgados de Menores, quedan en condiciones de ser entregados en adopción.
En la Capital Federal, 950 personas están en lista de espera para adoptar; y, también según el Cnnaf, 50 niños tienen fallo aprobatorio de la Justicia para su entrega a otras familias. Pero al tratarse de menores con problemas físicos o patologías diversas (sida, síndrome de Down, afecciones cardíacas, entre otras) su suerte depende de que aparezca una persona o un matrimonio que los acepte.
Por otro lado, cifras no oficiales dan cuenta de que en todo el país unas 3000 personas se encuentran registradas para adopción.
Más allá de la competencia del Cnnaf, se desconoce con precisión no sólo cuántos hogares de tránsito ni cuántas amas externas desarrollan la actividad (el folklore popular las llama madres sustitutas, denominación que es rechazada por los especialistas en minoridad), sino que también se ignora cuántos chicos viven alejados de sus familias, en la calle, o bajo la guarda de hecho de parientes o vecinos.
Contra toda suposición, el Cnnaf no está obligado a manejar cifras totales relacionadas con los hogares de tránsito y la adopción de menores.
«Todo lo que sea protección integral de la niñez es materia propia de cada gobierno provincial», sintetiza el doctor Alejandro Molina, defensor público de Menores e Incapaces ante los tribunales de Segunda Instancia. De ahí, entonces, la inexistencia de una base de datos madre que muestre las cifras totales en materia de adopción y hogares de tránsito.
Si la atención de los chicos es privativa de cada provincia, nada les impide mantener institutos bajo otras normas aunque desarrollen una tarea similar a la de los hogares e institutos que dependen del Cnnaf. «En una primera mirada, podríamos decir que esto es aceptable -admite Molina-. Lo que ocurre es que hay algunas pautas generales del orden constitucional que nos dicen que la protección integral de la niñez tiene que pasar por ciertas líneas de trabajo más o menos en común, pero no quita que haya programas diferentes. Entonces, que el Consejo Nacional no tenga una estadística sobre hogares de tránsito y pequeños hogares es comprensible.»
-¿La ley de adopción no establece que tiene que haber un registro único?
-La ley 24.779 dice que cada provincia deberá tener su registro, al igual que en el orden nacional. Y el orden nacional incluye la Capital y el orden federal, que lo conduce el Consejo Nacional. Por supuesto, estos registros requerían una normatización. Entonces, el registro de adoptantes (no de los hogares de tránsito) fue organizado por las provincias mediante distintas normas, y hasta por distintas jerarquías. Algunas lo han hecho por decreto del Poder Ejecutivo y otras, por resolución de los tribunales de Justicia.
-¿No es una dispersión?
-Bueno, no podemos decir que un criterio u otro sea necesariamente el que se imponga. En la Capital Federal, por ejemplo, el registro lo lleva el Consejo Nacional. Lo que no impide que un juez recurra a otros registros.
Un gran desconocimiento
Las licenciadas Beatriz Gelman y Graciela Lipski, directoras de la Fundación Adoptare, centro de orientación y consulta en adopción que funciona desde 1989 (recibe unas 300 consultas anuales), sostienen que con relación a la adopción hay un gran desconocimiento y escasa información por parte del Estado.
«La gente -dice Lipski- no sabe demasiado sobre este asunto. Ni siquiera está responsablemente instalado en los medios de comunicación. La primera pregunta que se nos formula es: ¿qué tengo que hacer para adoptar un niño? No sabe que se tiene que anotar en la jurisdicción que le corresponde por domicilio. Y tampoco que los que viven en la Capital Federal y el Gran Buenos Aires tienen la posibilidad de enviar carpetas con sus datos al interior.»
-¿Qué experiencia tienen con relación a la adopción de grupos de hermanos?
Gelman: -La línea predominante es la no separación de hermanos, pero esto requiere una gran preparación de los futuros adoptantes.
-¿Qué pasa cuando no son aceptados?
-Depende del juez. Hay jueces que prefieren la separación de los hermanos, pero con la condición de que haya vinculación entre las dos familias adoptantes para que los hermanos no pierdan el vínculo. Hay otros que prefieren no separarlos y que vayan creciendo en el hogar de tránsito.
Más que criar, ahijar
Hasta 1946, cuando se sancionó la ley 13.252, no había en la Argentina regulación legal sobre la adopción. Esa primera ley sufrió una importante modificación en 1971, al distinguirse dos formas de adopción: la plena (se sustituye íntegramente el vínculo de parentesco de sangre; el menor llevará el apellido del adoptante) y la simple (se extingue la patria potestad de los padres biológicos; el adoptado lleva el apellido del adoptante, pero a los 18 años puede optar por agregar el biológico). Finalmente, en 1997, se sancionó la ley 24.779 que incorporó al articulado del Código Civil el régimen legal de adopción vigente. El espíritu de esta ley es claro: más que una familia que necesita un hijo, es el niño quien necesita una familia.
Cambian las leyes; cambia el concepto de niñez; cambian las formas (la adopción legal es más frecuente que la apropiación de niños por otros métodos que, más allá de sentimientos humanitarios, son a todas luces ilegales); cambian las denominaciones (los orfanatos y asilos de huérfanos de antes son los hogares de tránsito y familias sustitutas de ahora); cambia la sociedad (no hay tanto ocultamiento, las familias adoptantes no se mudan de barrio, no se simulan embarazos, los chicos son informados de su condición), y cambia el mensaje. «Muchas personas, cuando deciden adoptar, hablan de altruismo, de obra de bien, de salvar a un chico. O sea, no ven la adopción como una forma de maternidad y paternidad genuina, sino como un acto de beneficencia ante un niño desamparado. La adopción es otra cosa. La adopción es ahijar a alguien», reflexiona Graciela Lipski.
«Hay que ahijarlo más que criarlo en adopción. Criar, se cría a una mascota», apunta el defensor Molina. Y agrega: «Lamentablemente, hemos conocido algunos casos de familias que han devuelto chicos luego de haberlos recibido en guarda para adopción. Recuerdo un caso que fue dado en adopción dos veces. Son casos aislados».
Así como está claro que la atención de la niñez en riesgo está más investigada que antes, no es menos cierto que la demora en la resolución de casos es el talón de Aquiles de los juzgados de Menores.
Carmen Sicardi y Liliana Albanesi, trabajadoras sociales; Leonor Wainer, psicóloga, y María Cecilia Toccalino, abogada, integran la Asociación Civil Anidar, equipo interdisciplinario para la adopción, fundado en 1990.
«No hay peor cosa para un niño que vivir institucionalizado -dicen-, porque crea hábito y una formación psíquica de ese estilo. Nada puede sustituir a su familia. Cuando salga de allí, a los 21 años, va a condicionar su vida para siempre, va a vivir como institucionalizado.Y cuanto más tiempo transcurra, peor. Hogar de tránsito significa resolver en el menor tiempo posible la situación del chico. Lo más grave es que cada vez hay más chicos institucionalizados de alguna manera.»
«Hay amas externas -describe Carmen Sicardi- que han convertido sus casas en pequeños hogares porque tienen un grupo de hermanitos o tienen más de un niño. Hay que trabajar mucho en todo lo que es ama externa, hogar de tránsito, pequeños hogares, para que, si se puede, regrese a su familia biológica o, de lo contrario, se determine el estado de adoptabilidad.»
Acogimiento familiar
La Fundación Luz administra el Hogar Casa de Luz, que alberga a doce menores. Recibe del Estado un subsidio de 600 pesos mensuales por niño. Nora Angel, presidenta, y Susana Fernández, asesora legal y especialista en Derecho de Familia, describen con crudeza el perfil de un niño maltratado y abandonado.
«Son todos chicos con historias de maltrato y abuso familiar. De doce chicos que tuvimos en el primer grupo, el 95 por ciento volvió a su casa. Pero últimamente la cosa cambió: de los que tenemos ahora, el 90 por ciento no tiene posibilidad de regresar debido a causas de enfermedad prolongada de sus padres o desintegración familiar. Tienen, sin embargo, gran capacidad para sobreponerse al sufrimiento. Si bien las huellas quedan, la idea es que puedan convivir con su historia. Cuando nos preparamos para este hogar, nos enseñaron que no debíamos esperar de ellos ni el cariño ni la recompensa porque vienen con historias muy negativas. Por eso, lo primero que hicimos fue erradicar de nuestro vocabulario la palabra pobrecito. De lo contrario, pueden convertirse en víctimas permanentes, cuando lo que tienen que hacer es salir adelante.»
-¿El objetivo es que regresen a sus casas?
-Sí. Siempre dentro de las posibilidades de cada caso. Eso ahora se ve bastante dificultado. Por eso se buscan nuevas herramientas, como el acogimiento familiar, que es una instancia intermedia entre la adopción y la internación en un hogar.
-¿El seguimiento de los juzgados es estricto?
-Es muy riguroso. En ese sentido tenemos que hablar maravillas de los juzgados de Menores, así como del Consejo Nacional. Se hace una evaluación periódica, de dos visitas mensuales, al hogar, además de nuestra obligación de entregar un informe completo cada tres meses.
El acogimiento familiar es la inserción de un niño en una familia que no es de origen por medio del otorgamiento de la guarda, el hecho material del cuidado. Si las familias biológicas demuestran que tienen dificultades para cuidarlos, se les propone que los chicos estén en otro lugar por un tiempo, y la familia lo acepta. «Salvo que la familia sea gravemente destructiva para el chico -explica el doctor Molina-, se debe trabajar en forma simultánea con ella y con la sustituta. Esta es la parte que más difícilmente se cumple, y es la que muchas veces queda incompleta. Si yo no he podido trabajar con la familia de origen, nunca sabré muy bien si el chico está definitivamente abandonado. Y si no lo sé, tampoco sé si podré darlo en adopción porque los chicos que se dan en adopción son los que están definitivamente abandonados.»
La tarea del ama externa
Un trabajo de investigación sobre amas externas y pequeños hogares supervisados por el Cnnaf -primer premio en el congreso de la Atención Primaria de la Salud-, elaborado por la doctora Patricia Clegg y las licenciadas en Psicología Andrea Sola, Silvia Pacio y Norma Krasnapolski, integrantes del Servicio de Prevención y Acción Comunitaria del Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, esclarece la tarea de las amas externas.
«El hilo conductor del trabajo fue resaltar lo vocacional de la tarea, rastreando en cada ama las marcas de su propia historia que las condujeron a esta elección.»
Entre otras consideraciones, las autoras dicen:
No son empleadas, pero viven de esto.¿»Cuánto vale nuestra tarea? ¿Cuáles son los gastos? ¿Hasta dónde podemos sostenernos?» Las amas dicen: «Cuando estamos con los chicos no pensamos en que es un trabajo, pero, ¿podemos ser consideradas como algo más que lava culos, como nos llaman en el Consejo?»
-¿Así las llaman?
Krasnapolski: -Esto es algo que se deslizó en el enojo. Fue en el momento del recorte presupuestario del 13 por ciento, durante el gobierno de la Alianza. En nuestras reuniones con las amas, una expresó eso y el resto asintió. Fue como una comprobación implícita. Un secreto a voces.
Norma Krasnapolski, que además es la coordinadora del Programa de Adopción del Tobar García, explica: «Las amas se constituyen en una parte fundamental de un período de la historia vital de los niños que deben ser tutelados por el Estado. Son las mediadoras entre el antes y el después, y quedan formando parte de la historia que el niño no debiera perder. Sólo es posible construir la identidad de un niño en la medida en que el adulto significativo le ofrezca lugares de identificación, concepto este que se opone al de infancia en serie que, de hecho, se propone cuando se institucionaliza un niño, ya que el deseo que lo subjetiviza no puede ser anónimo».
-¿Están capacitadas?
-La vieja denominación de amas externas se mantiene, pero ahora, al tomar hermanos independientemente de la edad, pasaron a funcionar como pequeños hogares. Por eso se encuentran con algo que no saben cómo manejar. Las amas, entonces, carecen de toda preparación. Y al no estar formadas, muchas abandonan la tarea.
-¿Lo toman como una salida laboral?
-La mayoría, sí. Pero hay otras organizaciones que no dependen del Consejo Nacional, que lo hacen de forma gratuita y con un criterio de caridad cristiana.
Pacio: -No sólo se trata de beneficencia. En un tiempo se les pagaba mucho más que ahora, entre 400 y 500 pesos. Ahora deben estar en no más de 200 pesos.
-¿El cuidado de los chicos mueve mucha plata?
-Sí, se maneja mucho dinero. Y no siempre llega al niño.
Un largo tránsito
Los esposos Isabel Ayala, licenciada en Análisis Clínicos, y Sergio Vitale, mecánico dental, crearon, hace diez años, el Hogar de Tránsito Jesús de Nazareth, en La Reja, en el oeste del conurbano bonaerense. Además de su hija Marianela, de 6, tienen a su cuidado a 41 chicos derivados de juzgados, en edades que van de los 2 meses a los 20 años. Pero ni siquiera ellos denominan a su hogar como de tránsito, porque en todo este tiempo ningún niño salió de allí en adopción, y pocos, tan pocos que ni Sergio ni Isabel lo recuerdan con exactitud, lograron volver con sus padres biológicos. «Esto ya se convirtió en un hogar de permanencia», dicen.
Isabel: -Tengo una chica de 20 años que todo el tiempo me dice mamá; la tengo desde que tenía 8. Casi todos son chicos de riesgo, porque han pasado por situaciones de violaciones y abandono. Nosotros desearíamos que los juzgados trabajasen con más celeridad, porque los chicos necesitan tener una familia. Desde que estamos acá, nunca se nos fue un chico en adopción.
-¿Cómo ingresan en el hogar?
-Con muchísima desconfianza, porque no saben con qué se van a encontrar. Así como fueron usados, ellos aprendieron a usar a los demás. Y eso es lo que hay que corregir. Nosotros les enseñamos sobre lo que está bien y lo que está mal, decir sí y decir no, y hablarles mucho porque vienen con la escala de valores dada vuelta.
-¿Los familiares los visitan, al menos?
-Por ahí, a las perdidas, llega algún pariente, aparece de repente y, con el tiempo, el juzgado se lo entrega. Pero son rarísimos esos casos. Yo creo que el juzgado, pasado un tiempo, debería entregarlo a una familia, no a un pariente que aparece varios años después.
-¿Ustedes reciben ayuda del Estado?
-Lo único que recibimos son 600 pesos por mes para alimentar a 41 chicos, que nos envía el Consejo de la Mujer de la Provincia de Buenos Aires. Por suerte, siempre aparece gente que quiere ayudar… y le pedimos a Dios… porque estamos en la mano de Dios.
Para saber más
Adoptare: www.adoptare.com.ar 4865-4924.Anidar: www.equipoanidar.com.ar 4901-6838.Casa de Luz: www.fundacionluz.org.ar 4342-0200.Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia: Pte. Perón 524, Capital, 4338-5874.Hogar Jesús de Nazareth: Miero 2602, La Reja, Pcia. Bs. As., (0237) 463-7537.Defensoría de Menores e Incapaces: Lavalle 1220, Capital.Programa de Adopción del Hospital Dra. Carolina Tobar García: Ramón Carrillo 315, Capital, 4305-6108.www.tobargarcia.org.ar
Por Jorge Palomar
¿Qué significa?
Hogar de tránsito: lugar que cobija a niños derivados de los juzgados, hasta que se solucione su situación.Ama externa: es la que tiene niños bajo su cuidado en forma transitoria, con autorización del juez.Acogimiento Familiar y Pequeños Hogares: programas que desarrolla el Estado para la protección de los niños cuando, por diversas causas, sus padres no los pueden cuidar.Guarda: es la relación que se establece entre una persona mayor y una menor, que ha-ce a su cuidado y protección inmediata.Guarda legal: la que tienen todos los padres respecto de sus hijos.Guarda jurídica: la que tiene aquella persona a la que el juez ha llamado para darle en guarda el niño porque sus padres no lo pueden atender.Guarda de hecho: es cuando, por distintas circunstancias, se deja momentáneamente al niño al cuidado de otra persona (un familiar, un vecino, etcétera).Tenencia: en Derecho de Familia, es cuando los padres se separan y «ejerce la patria potestad quien ejerce la tenencia».
El niño y la adopción
¿Quiénes pueden adoptar?Personas con residencia en el país por cinco años, antes de la guarda. 30 años de edad.Matrimonios con no menos de 3 años de casados, o persona sola (no concubino).En todos los casos, debe existir una diferencia de edad de 18 años entre adoptante y adoptado.¿Quiénes pueden ser adoptados?Niños cuyos progenitores prestaron su consentimiento para que sean adoptados.Niños cuyos padres se desentendieron de ellos durante un año, dejándolos en algún establecimiento asistencial público o privado.Niños sometidos a desamparo material o moral por el abandono de sus padres, siempre que haya sido comprobado judicialmente.Niños a cuyos padres se haya privado de la patria potestad sobre los mismos.Niños de filiación desconocida.Niños huérfanos.¿Cuándo pueden ser entregados en adopción?
Cuando la situación de adoptabilidad o de abandono se encuentre decretada por resolución del Poder Judicial.
(Fuente: Cnnaf)